Norma de Desarrollo Profesional Continuo
Es la actividad educativa obligatoria del C.P. para actualizar y mantener sus conocimientos.
Consiste en el otorgamiento de puntos conforme a diversas actividades: recibir instrucción, impartir instrucción, participar en eventos y comisiones, producir artículos, libros, tesis y otros materiales.
Cada mes de enero se presenta el reporte y los comprobantes. En febrero se entrega la constancia a los que cumplieron. En marzo se presentan las constancias ante las autoridades, por parte del Contador Público.
Puntos Requeridos
- CP’s dedicados al ejercicio independiente, 55 puntos.
- CP’s académicos de tiempo completo, investigadores, sector gubernamental, empresarial y otros, 40 puntos.
- En ambos casos, si desean conservar la certificación, 10 puntos adicionales.
Cuando menos el 35% de los puntos requeridos, deben ser recibidos en el ICCPCJ.
Documentación